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Informes Biomecánicos de las compañías de seguros

En este post, vamos a comentar que opinan los tribunales de justicia a cerca de los informes biomecánicos en los que se suelen basar algunas compañías de seguros para negar una indemnización.

En muchas ocasiones, los afectados por un accidente de tráfico se ponen en contacto con la compañía aseguradora del vehículo contrario y culpable del accidente, a fin de solicitar la indemnización de las lesiones sufridas y se encuentran con que la compañía les deniega la indemnización a la que tienen derecho justificando dicha decisión en un informe biomecánico.

Pongamos como ejemplo un caso muy habitual.  El vehículo A se encuentra en paso de cebra esperando a que pasen los peatones, y el vehículo B que viene por detrás ,circulando en el mismo carril, golpea por detrás al vehículo A. A este tipo de accidente se le denomina comúnmente como “colisión por alcance”. Los vehículos hacen un parte amistoso en el que el vehículo B reconocer su culpabilidad y dan parte al seguro.

Los ocupantes del vehículo  a causa del siniestro sufren una serie de dolores por lo que acuden a urgencias y comienzan con un tratamiento de fisioterapia al objeto de recuperarse de sus lesiones.

En muchos casos, una vez concluido el tratamiento los lesionados proceden a reclamar la indemnización correspondiente a la compañía contraria, aseguradora del vehículo culpable del siniestro, y se encuentran con que se les niega la indemnización basándose en un informe biomecánico emitido por un perito a contratado por la compañía.

¿Pero que es un informe biomecánico?

El objeto de un informe biomecánico es determinar la aceleración a la que se ven sometidos los vehículos en un accidente.

Las compañías usas estos informes en los accidentes sufridos a baja velocidad, y lo que pretenden es demostrar que al sufrir un accidente a baja velocidad no existe relación de causalidad entre el siniestro y las lesiones de los ocupantes del vehículo. Lo que pretenden es evitar tener que indemnizar a los lesionados.

Muchas compañías, hacen uso de estos informes, pero por suerte para los lesionados, la jurisprudencia ha ido desmontado estos informes y en la mayoría de los casos dan la razón a los lesionados.

Vamos a ver en que se basan los jueces para echar abajo la credibilidad de estos informes biomecánicos.

Los tribunales sostienen que las lesiones sufridas por un ocupante del vehículo accidentado tienen un soporte probatorio objetivo, esto es, no se basan solo en las manifestaciones del lesionado, pues están fundadas en informes de centros médicos, radiografías, tratamientos…por lo que no son un dato subjetivo.

Los jueces han cuestionado en muchas ocasiones que los informes biomecánicos únicamente contemplan el dato de la intensidad del accidente, y que esto por si mismo no es suficiente para excluir la relación de causalidad, pues para conocer los daños sufridos por los lesionados se deben tener más datos en cuenta, como son la edad del lesionado, su estado previo de salud, lo inesperado del golpe, la posición en la que se encontraba en dicho momento, etc.

Los tribunales también dicen que estos informes no tienen en cuenta las características propias del accidente, como los modelos de vehículos que sufren el siniestro, si no que basándose en estudios técnicos aplican generalidades a accidentes concretos, esto es, que son informes genéricos y que no concretos del siniestro ocurrido.

Los tribunales también han manifestado, que a pesar de que las compañías basen sus informes biomecánicos en estudios técnicos, existen otros estudios que contradicen y desvirtúan la validez de dichos estudios.

Por otro lado, los tribunales también han indicado que en la mayoría de las ocasiones estos informes biomecánicos no están elaborados por médicos traumatólogos por lo que los informes no pueden entrar a valorar si el lesionado ha sufrido o no lesiones.

Por lo tanto, para que un informe biomecánico tenga validez el la vía judicial, debe contemplar una serie de datos y no basarse únicamente en la intensidad del siniestro.

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