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En este artículo vamos a explicar en detalle cómo funciona este tipo de seguros de comunidades de propietarios, las principales coberturas y los pasos a seguir para realizar una reclamación.

Desde Reclamoseguro.es, creemos que es importante explicar este tipo de seguros dado la alta contratación de este tipo de pólizas en España, y además, la ocurrencia cada vez más a menudos de fenómenos naturales dados por el cambio climático como por ejemplo, el ocurrido con Filomena que generó cientos de siniestros.

¿Qué es el seguro de comunidad de propietarios?

El seguro de comunidad de propietarios es un tipo de seguro multirriesgo que viene a cubrir diferentes tipos de riesgos que pueden ocurrir en una propiedad de vecinos.

¿Cuáles son las principales coberturas de una póliza de comunidad de vecinos?

En una póliza de seguro de comunidades de vecinos se contemplan coberturas obligatorias:

  • Incendio
  • Responsabilidad civil por daños a terceros.

A través de la cobertura de incendios quedan cubiertos por la aseguradora todos los daños provocados por un incendio o una explosión o también por un impacto directo de un rayo o incluso actos vandálicos.  Respecto a la cobertura de responsabilidad civil protege a la propiedad de todos los daños que se pueden ocasionar a terceras personas, esto contempla el pago de indemnizaciones y fianzas que la propiedad de vecinas o propietarios pueda tener que hacer frente.

¿Se pueden incluir coberturas opcionales en este tipo de contrato de seguro?

Si, se pueden incluir coberturas opcionales a un contrato de seguro de comunidad. Las más comunes son aquellas que cubren daños estéticos del edificio de pisos o de la propiedad de vecinos, la asistencia en el edificio que suele considerar la vigilancia y protección de una propiedad, así como servicio de reformas y reparaciones urgentes. Otras coberturas adicionales son la protección de los vehículos de vecinos que están aparcados en el garaje en caso de incendio, rayo o explosión, la defensa jurídica, atascos de conductos generales y reconstrucción de jardines, entre otras.

¿Es obligatorio contar con un seguro de comunidad en España?

En España las comunidades de propietarios no tienen la obligatoriedad de tener un seguro de comunidades. En la ley de propiedad horizontal de España, no se indica que las comunidades de propietarios deben contar con un seguro para cubrir los daños generados en la propiedad en caso de algún tipo de siniestro, como por ejemplo los causados por un fenómeno atmosférico.

Pese a lo indicado anteriormente, en la legislación propia de algunas comunidades autónomas se establece como obligatorio que las comunidades de propietarios tenga que contar un seguro que cubra los daños causados a terceros, así como los daños generados por un incendio. Este es el caso de comunidades autónomas como Madrid y de Valencia.

Pese a que como hemos indicado, en muchas comunidades no es obligatorio que las comunidades de propietarios dispongan de un seguro, es muy habitual que lo tengan, como también lo tienen la mayoría de los hogares de España.

En muchas ocasiones, existe una duplicidad de coberturas, entre el seguro de la comunidad de propietarios y el seguro del hogar, como por ejemplo, cuando el seguro de la comunidad de propietarios incluye la cobertura de bienes privativos (viviendas de cada propietario). Otra cobertura que puede tener duplicidad es el continente de una propiedad. Suele ser común que un seguro de comunidad de vecinos cubra el 100% del continente, es decir, toda la estructura física del inmueble que incluiría muros, fachada, tejados, etc. También es común que el seguro de hogar contemple una cobertura de continente a primer riesgo, en este caso, existiría duplicidad de coberturas entre ambos seguros.

El mes pasado se vivió un fenómeno climático que causó enormes destrozos en la comunidad de Madrid lo que ha generado un aumento de reclamaciones en las aseguradoras. Sin embargo, hay que tener en consideración las clausulas de cada póliza a la hora de presentar una reclamación. Y tener en consideración que las nevadas no están incluidas dentro de los riesgos extraordinarios que indemniza el Consorcio de Compensación de Seguros, por lo que ni los daños a las personas, ni los materiales ni la pérdida de ingresos o lucro cesante pueden ser indemnizados por el CCS.

¿Los destrozos por fenómenos naturales quedan cubiertos por un seguro de comunidades de vecinos?

Depende de cada póliza. Por ejemplo en caso de una nevada, si la póliza del seguro contempla los daños por nieve o nevadas entonces si están cubiertos los destrozos de Filomena, según los límites y capitales que se especifiquen en cada contrato.

He tenido un siniestro en el edificio de propietarios ¿Qué debo hacer?

En el caso que hayas tenido un siniestro lo primero que tienes hacer es revisar tu póliza de seguros o llamar al mediador o corredor de seguros quién deberá tener el detalle de las coberturas de la póliza contratada.

Daños por agua, el siniestro más común en los contratos de seguros de comunidades.

El siniestro más común en este tipo de seguros, al igual que en los seguros de hogar, es el siniestro por agua.

  • Los daños por agua son siniestros comunes en las comunidades de vecinos, puede llegar a alcanzar un coste anual de 130 millones de euros para las aseguradoras.
  • El segundo siniestro más común es el de responsabilidad civil y según informa Unespa representa un coste de 90 millones de euros para las compañías aseguradoras.

¿Cómo y cuándo debo dar parte de los daños al seguro?

Todas las aseguradoras tienen departamentos de atención a clientes y herramientas digitales para comunicar un siniestro. Lo importante es que se haga dentro del plazo establecido, es decir, máximo 7 días.

Tengo un seguro contratado, pero no estoy al corriente de pagos. ¿Qué puedo hacer?

¿Qué pasa si no estás al día con las cuotas del seguro?

Para hacer una reclamación a una aseguradora es necesario tener una póliza de seguro contratada y estar al corriente de pago de la prima del seguro.

¿Qué puedo hacer si sufro daños de terceros, daños de agua o nieve u otro evento climático pero no tengo seguro contratado?

  • En este caso se podría reclamar al seguro de la otra parte asumiendo que tiene cobertura de responsabilidad civil de daños a terceros. En el caso que el daño ha sido generado por un fenómeno climático y no se tiene un seguro, lamentablemente deberán costear los daños generador por su cuenta.
  • Luego, antes de ponerse con contacto con la asegura es importante contar con toda la documentación que solicitara la aseguradora: n° de póliza, nombre del asegurado, lugar del siniestro, fecha del siniestro, fotografías de los daños y el mayor número de pruebas que demuestren las consecuencias de los daños, testigos, etc.
  • Una vez que se comunica el siniestro a la compañía aseguradora, ésta suele enviar peritos presenciales a las viviendas para que redacten un informe pericial y se establezcan los daños y posibles causas, así como la valoración de las pérdidas materiales. En el último tiempo y como una forma de agilizar y mejorar los plazos muchas aseguradoras han habilitado sistemas de peritación digital o teleperitaciones.
  • Tras la peritación, la aseguradora enviará una oferta motivada al asegurado donde se establece la cuantía de la indemnización, en el caso que el asegurado no este conforme puede rechazar. Lo recomendado en estos casos es dejarse asesorar por expertos. En ReclamoSeguro somos especialistas en este tipo de reclamaciones a aseguradoras, contáctanos.

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